Sobre habilitación de Jefe y Director de Seguridad, acorde a la nueva Ley 5/2014

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Por considerar de interés para el personal de Seguridad Privada y ante las numerosas y diferentes consultas efectuadas relativas a la obtención de la habilitación de Jefe de Seguridad mediante Diploma de Director de Seguridad, se participa que:

Tras la entrada en vigor de la nueva Ley 5/2014 de Seguridad Privada, acorde a su Art. 29.1.b., que establece para la habilitación:

”Para los jefes y directores de seguridad, en la obtención bien de un título universitario oficial de grado en el ámbito de la seguridad que acredite la adquisición de las competencias que se determinen, o bien del título del curso de dirección de seguridad reconocido por el Ministerio del Interior.”

Por lo tanto, aquellas personas que estén en posesión del Diploma de Director de Seguridad, obtenido tras la realización de cualquiera de los “Cursos de Dirección de Seguridad” autorizados por el Ministerio del Interior, podrá solicitar tanto la habilitación de Director de Seguridad como la habilitación de Jefe de Seguridad, siempre que cumplan los requisitos generales establecidos en el artículo 28 de la citada Ley de Seguridad Privada, puesto que para que se les expida la tarjeta de identidad profesional que incluya todas las habilitaciones de que disponga el titular, habrá de comprobarse que reúne los requisitos necesarios (Artículo 27.9).

Por ello, será necesario aportar la siguiente documentación:

− Instancia de solicitud de la/s nueva/s habilitación/s, cumplimentada y firmada, (además de firmar en la misma el apartado de autorización para la consulta de antecedentes penales).

− Declaración Jurada.

− Título o Certificado del Curso universitario homologado por el Ministerio Interior para la habilitación como Director de Seguridad, en caso de solicitar por primera vez las o la habilitación como Director o como Jefe. (No será exigible la entrega del Diploma de Director cuando ya haya sido entregado para la habilitación anterior como Director de Seguridad)

− Certificado médico. (Exentos los que están ejerciendo en activo actualmente en Seg. Privada –Director de un Departamento dado de alta en el Ministerio del Interior, Vigilante, escolta, etc., o sean miembros en activo de las FF.CC.S).

− Certificado de estudios de Bachiller o superior para la primera habilitación. (Se pude sustituir por fotocopia de la Tip de Director, si ya se aportó para la habilitación anterior como Director de Seguridad)

− Un curriculum actualizado.

− Tres fotografías.

− Pago de tasas. (De habilitación: tarifa sexta; más compulsas).

Se adjuntan los Formularios de Habilitación, ya adaptados a este respecto.

Dichos trámites y presentación de documentación podrán realizarse ante la Unidad Central de Seguridad Privada del Cuerpo Nacional de Policía en Madrid, o ante cualquiera de las Unidades Territoriales de Seguridad Privada. (Una por provincia más las de Gijón, Vigo y Algeciras).

Fuente: ADSI

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2s comentarios

  1. Buenas tengo una duda, soy vigilante y tengo el Certificado académico expedido por el Instituto de Ciencias de la Educación de la Universidad Pontificia de Salamanca, con una carga lectiva de 75 Créditos (750h).
    y tengo la E.S.O pero no el bachillerato, es posible habilitarme con la eso?, gracias

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