El blanqueo de capitales se define, según su concepto jurídico, como la incorporación al tráfico legal de los bienes, dinero y ganancias en general, obtenidos en la realización de actividades delictivas, explicó Julián Sánchez Melgar, Magistrado del Tribunal Supremo (España), en el VII Congreso de Criminalística y Criminología de INISEG.
Resaltó la importancia del blanqueo de capitales para la investigación criminal, en primer lugar, porque el dinero es el flujo vital de los delincuentes y el medio que posibilita su aprehensión y, en segundo lugar, porque mancilla nuestras instituciones financieras y corroe la confianza pública.
Aimismo, agregó que la jurisprudencia tiene como propósito evitar que una misma situación jurídica sea interpretada de manera distinta con base a sentencias y otras resoluciones judiciales emitidas en sentido similar.
Estas actividades tienen como modus operandi la creación de una sociedad instrumental, la cual invierte en activos patrimoniales para construir un eslabón legal entre quienes aportan el dinero proveniente del delito y los futuros adquirientes o vendedores.
Tras esa inversión en bienes y servicios, estos vuelven al delincuente de forma lícita, convertidos en aumento de patrimonio que tributa con apariencia de lícitos, esto se conoce como “proceso de retorno”. En este proceso intervienen los compradores de esos activos tóxicos y los testaferros, que son utilizados para mantener la impunidad de los titulares de eses bienes de procedencia delictiva.
El magistrado destacó que la dificultad radica justamente en el hecho de acreditar que, pese al tiempo transcurrido, un bien blanqueado no es un bien jurídicamente blanco.
“Es un bien que sigue contaminado por su origen y contaminando, por ello, a todos los que, directa o indirectamente, procedan de él”. En tal sentido, señaló que la continuidad de la estructura creada para ocultar y transformar el fundacional origen delictivo de los bienes se convierte en la clave de la conducta de blanqueo.
Se dice que muchas de las transacciones incluidas en los documentos no implican delito, como las que establecieron empresas legales para comprar propiedades en secreto. Lo importante es que la investigación ha mostrado a la opinión pública, que nada ha cambiado sustancialmente, a pesar de los esfuerzos para un mejor control.
El día domingo 3 de octubre de 2021, el Consorcio Internacional de Periodistas de Investigación, (ICIJ por sus siglas en inglés) dio a conocer el resultado de una extensa investigación, a la que denominó; “Pandora Papers”, en lo que parece ser una alusión directa a la ya conocida “Caja de Pandora”, por las sorpresas que revelaron.
Se trata de la mayor filtración de la historia sobre las técnicas y estructuras financieras utilizadas para eludir el pago de impuestos, en la compra de propiedades o directamente a la hora de hacer inversiones, manteniendo en el anonimato los nombres de quienes están detrás de sociedades “offshore”, que actúan como pantalla.
Pero no se trata solamente de evitar el pago de impuestos, sino que ciertamente abre una puerta a la posibilidad de realizar blanqueo de capitales, especialmente de aquellos dineros que no tienen forma de ser declarados en el país de origen.
El trabajo de investigación (bastante complejo por lo demás) demoró alrededor de dos años en completarse, y fue realizado sobre un total cercano a los 11,9 millones de archivos, entre los que se cuentan; correos electrónicos, documentos de texto y pdf, imágenes, formularios, hojas de cálculo, actas de constitución, registros de accionistas, facturas, pasaportes y diarios de viaje.
En las pesquisas cooperaron más de 600 periodistas y reporteros de 150 medios de comunicación en 117 países, todos ellos coordinados por el consorcio ICIJ, (con sede en Washington), para analizar los documentos procedentes de 14 despachos de abogados especializados en crear sociedades “offshore” en paraísos fiscales.
Por la forma en que fue elaborado y coordinado este proyecto, se le podría considerar como la mayor colaboración periodística de la historia, ya que los mismos participantes lo han calificado como una investigación “sin precedentes”, debido a la extraordinaria cantidad de información que tuvieron que literalmente; “descifrar”.
En definitiva, fue un trabajo mucho mayor que los Panamá Papers de 2016 y los Paradise Papers de 2017.
Quienes aportaron a este proyecto desde España, fueron El País y La Sexta. Entre los prestigiosos medios que también participaron, podemos mencionar a; The Washington Post (Estados Unidos), The Guardian (Reino Unido), L’Espresso (Italia) y Le Monde (Francia) entre muchos otros.
En esta filtración, (si bien, no se ha revelado la lista completa) se han mencionado los nombres de decenas de miles de personas alrededor del mundo, empresarios, líderes mundiales, artistas, políticos y deportistas, entre los que se cuentan unos 600 españoles, como Josep Guardiola, Julio Iglesias y Miguel Bosé.
También se han revelado los nombres de 330 políticos importantes y cargos públicos, de los cuales 90 son europeos. Se mencionan también a 15 jefes de Estado de América Latina, algunos en ejercicio y la mayoría retirados, y que hoy son objeto del escrutinio público al conocerse que velaron por sus propios intereses por sobre los de los ciudadanos.
La investigación destapó cientos de fortunas ocultas, y se identificó alrededor de 29.000 compañías del tipo “offshore”, (751 ubicadas en España) así como fideicomisos y sociedades fantasma, que operan en diversos lugares como; Panamá, Dakota del Sur, las Islas Vírgenes Británicas, las Bahamas y varios otros, que integran un extenso entramado fiscal con el fin de evadir impuestos a nivel internacional. Es la cara oculta de las finanzas en paraísos fiscales.
Son entidades creadas en un país distinto de aquel en el que residen sus beneficiarios. Metafóricamente hablando, sería algo así como; “fuera del territorio”.
En general, las Sociedades offshore son entidades establecidas, registradas y domiciliadas, en territorios en los que no realizan ninguna actividad económica, por lo que los inversores extranjeros están eximidos del pago de impuestos sobre la renta, o bien se le aplican tasas impositivas muy reducidas. Debido a esto se les denomina “paraísos fiscales”, por sus grandes beneficios y ventajas. Además, el nombre del inversor no consta en los documentos de la sociedad, por lo que permanece en el anonimato, y los titulares nominativos son sólo testaferros.
De esta manera, crear una sociedad en un paraíso fiscal o zonas de baja tributación con secreto bancario es absolutamente legal, en la medida que todos sus activos, así como los beneficios derivados de su actividad, sean declarados a las autoridades financieras del país donde el contribuyente tiene su domicilio fiscal.
En otras palabras, una persona que tenga su domicilio fiscal en España, puede crear legalmente una sociedad en una jurisdicción offshore. Luego, para estar dentro de la legalidad es imprescindible que Hacienda conozca de su existencia, y por ende, reciba los tributos de acuerdo a la legislación vigente.
La ilegalidad se produce cuando las ganancias de estas sociedades han sido ocultadas en estos paraísos, sin haberlas declarado a las autoridades donde el propietario real tiene su residencia fiscal.

Los “Papeles de Panamá” (Panama Papers), fue una investigación periodística de la misma organización ICIJ, dada a conocer en el año 2016. Eran aproximadamente 11,5 millones de documentos, que fueron hecho públicos y que provenían de la hoy desaparecida firma de abogados panameña Mossack Fonseca.
El material fue suministrado por una persona desconocida, bajo el seudónimo de John Doe, quien pidió proteger a los denunciantes de delitos, criticando duramente la suerte que corrieron personas como Edward Snowden y muchos otros, quienes, por haber denunciado acciones criminales, sufrieron duros castigos de una sociedad que sobretodo debió protegerlos.
Los “Papeles del Paraíso” (Paradise Papers), es otra investigación periodística dada a conocer en el año 2017, por el periódico alemán Süddeutsche Zeitungun en conjunto con ICIJ. Se reveló como se estaban usando servicios corporativos en fondos de inversión “Trust” (fideicomisos) para evitar el pago de impuestos de personas y empresas multinacionales.
La investigación de los “Papeles de Pandora”, sólo ha sido una nueva filtración de la industria de las fortunas secretas y de la escandalosa evasión tributaria que realizan, que sin duda supera ampliamente a las anteriores, lo que ha desatado una fuerte controversia a nivel mundial.
Se dice que muchas de las transacciones incluidas en los documentos no implican delito, como las que establecieron empresas legales para comprar propiedades en secreto. Lo importante es que la investigación ha mostrado a la opinión pública, que nada ha cambiado sustancialmente, a pesar de los esfuerzos para un mejor control.
La Comisión Europea publicó en el año 2015, un listado de 30 países considerados paraísos fiscales, ya que no compartían información tributaria. Al menos 18 de ellos se comprometieron a colaborar, por lo que actualmente el registro sólo considera a 12 países no cooperativos: Panamá, Trinidad y Tobago, Samoa, Samoa Americana, Islas Vírgenes de los Estados Unidos, Vanuatu, Anguila, Dominica, Fiyi, Guam, Palaos y Seychelles.
Aunque se diga que tener activos secretos en el extranjero no es ilegal, el uso de las facilidades que representan los mecanismos revelados por las investigaciones, constituye la manera más idónea para ocultar y blanquear las ganancias provenientes de la delincuencia.
Enlaces sugeridos:
Qué son los 'Papeles de Pandora'
https://www.abc.es/economia/abci-que-son-papeles-pandora-nsv-202110041218_noticia.html
Lista completa de los 'papeles de Pandora'
https://www.publico.es/economia/pandora-papers-lista-completa-papeles-pandora.html
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https://www.larazon.es/economia/20211004/lqcfw4zzlbb65dvk5q7booycw4.html
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